TEPJF revoca  asignación de plurinominales  

Garantizar que las fuerzas políticas que no fueron suficientemente votadas alcancen una representación fue una de las premisas que destacó el Tribunal Electoral del Poder de Judicial de la Federación (TEPJF) este 2 de septiembre, cuando revocó la designación de las diputaciones plurinominales realizadas por el Instituto Electoral del Estado de Hidalgo (IEEH) y conformada por el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), donde daba solamente los curules a Morena y al Revolucionario Institucional (PRI).

Lo anterior tras las impugnaciones realizadas por Asael Hernández, Juan José Luna, Jorge Luis Pérez, Silvia Sánchez, Mariana Ruiz, Flordalizo Olvera y por los partidos políticos (PAN-PRD-Nueva Alianza).

Durante la sesión de este jueves en la Sala Toluca, el argumento fue sobre las deficiencias o vacíos en la ley, sobre la asignación de representación proporcional, ya que para el caso de Hidalgo habría partidos que tendrían sobrepresentación a pesar de no alcanzar el 3 por ciento (%) de la votación total en el caso del Partido del Trabajo (PT) y Verde Ecologista de México (PVEM).

De ahí que el magistrado Alejandro David Avante Juárez expuso, valiéndose de diapositivas, todo el proceso realizado desde el momento de mayoría relativa hasta llegar a la representación proporcional. Las premisas expuestas versaban sobre: La participación conjunta de partidos sea en candidatura común o coalición, agotan sus efectos en la elección de mayoría relativa, por lo que no pueden impactar en representación proporcional.

También sobre que: “Los efectos del llamado 'siglado' en el convenio de coalición o de candidatura común, sólo pueden interpretarse, de forma congruente, con los efectos limitados de la asociación en la elección de mayoría relativa”. Al no corresponder a los partidos políticos definir cómo distribuirse los triunfos de mayoría que hubiera logrado la candidatura común o coalición, pues con ello se violenta el principio de autenticidad de las elecciones se “deben dividir los triunfos de mayoría relativa obtenidos por la coalición o candidatura de común con lo que refuerza con la proscripción de transferencia de votos (artículo 87, numerales 10 y 12, de la Ley General de Partidos Políticos; así como 37, párrafo 2, del Código Electoral del Estado de Hidalgo)”.

Destacó que la única solución que permite respetar los principios constitucionales de autenticidad de la elección y del sufragio directo, es dividir proporcionalmente, cada triunfo a partir de la cantidad de votos que cada partido aportó para la votación triunfadora.

De tal forma, fue aprobado que el PRI tenga cinco curules de representación proporcional, tres para Morena, dos para el PAN, y una para Nueva Alianza (PNAH) y Partido de la Revolución Democrática (PRD).

Con lo anterior, Asael Hernández llegará nuevamente al Congreso local, así como Laura Sánchez Yong, del PAN; también estarán Juan Luna, por Nueva Alianza; y Jorge Pérez por el PRD; al ocupar el primer lugar de la lista de representación proporcional.

Cabe destacar, que con esta resolución el IEEH revocará algunas constancias de diputaciones de representación proporcional y las asignará a otros personajes políticos, dejando a otros fuera de la LXV legislatura del Congreso Local.

EJES. Los que se van: Adelfa Zúñiga, Timoteo López Pérez, María Teresa Lourdes Mora Hernández y Sharon Macotela Cisneros, de Morena. Hasta el cierre de edición no había una postura emitida desde el partido Morena; además no se descartaba que pudiera llevar una inconformidad hasta la Sala Superior. 

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