El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo informa a la ciudadanía que promovió un Juicio Electoral ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, con el propósito de salvaguardar la autonomía e independencia constitucional de este órgano jurisdiccional.
El medio de impugnación fue promovido para controvertir la designación de la persona titular del Órgano Interno de Control del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo, aprobada por el Congreso del Estado de Hidalgo durante la Sesión Ordinaria número 205 de la LXVI Legislatura, celebrada el pasado 29 de julio de 2026.
La promoción de este medio de impugnación responde a la obligación institucional de preservar los principios de autonomía técnica, de gestión e independencia que la Constitución reconoce a los tribunales electorales, elementos indispensables para el ejercicio de la función jurisdiccional y para garantizar que las resoluciones se emitan con imparcialidad, objetividad y pleno apego al orden constitucional. En ese sentido, la demanda presentada ante la Sala Superior se sustenta, entre otros aspectos, en que el artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 105 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establecen que los tribunales electorales locales deben ejercer sus funciones con autonomía técnica y de gestión, libres de cualquier injerencia de otros poderes públicos; que la designación de la persona titular del Órgano Interno de Control por parte de un poder distinto al propio órgano jurisdiccional representa una
intervención en su organización y funcionamiento interno, comprometiendo las garantías de independencia que la Constitución reconoce a los tribunales electorales; y que tanto la Suprema Corte de Justicia de la Nación como la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación han sostenido, en diversos precedentes, que disposiciones de esta naturaleza resultan incompatibles con el principio de autonomía de los tribunales electorales, al propiciar mecanismos de influencia externa sobre su estructura administrativa.
En estricto apego a derecho, el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo solicita a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dejar sin efectos el acuerdo mediante el cual se realizó la designación impugnada, así como revocar los actos jurídicos derivados de la misma. Asimismo, solicita que, para el caso concreto, se determine la inaplicación de las disposiciones de la Constitución Política del Estado de Hidalgo y de la legislación local que atribuyen dicha facultad, al estimarse contrarias al orden constitucional federal.
El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo reitera su absoluto respeto a la división de poderes, pero subraya su obligación irrenunciable de defender su autonomía e independencia institucional, condiciones indispensables para garantizar la impartición de justicia electoral de manera imparcial y objetiva en beneficio de la ciudadanía hidalguense.